El Tribunal Constitucional ha inadmitido el recurso de amparo que presentó la familia de Francisco Franco para paralizar «in extremis» la exhumación prevista para el próximo lunes. Al inadmitir este recurso, los magistrados ven innecesario ya un pronunciamiento expreso sobre las medidas cautelarísimas solicitadas por la familia, informaron fuentes del órgano de garantías. En su recurso al TC, la familia solicitada esa paralización por el daño «irreparable» que la exhumación causaría si el tribunal de Estrasburgo considerara finalmente vulnerados los derechos de la familia a enterrar al exjefe de Estado donde quiere: en la catedral de La Almudena. Los Franco denunciaban ante el tribunal de garantías la vulneración de varios derechos fundamentales recogidos en la Constitución. En concreto, el artículo 14 que dice que los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. También el artículo 16, que garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto, y señala que los poderes públicos mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica; el artículo 18, sobre el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y el artículo 24 sobre el derecho a la tutela efectiva de los jueces y tribunales.
Via: El TC rechaza paralizar la exhumación «in extremis» al inadmitir el recurso de los Franco
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