La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acaba de avalar que la Administración Pública pueda rebajar el sueldo a una funcionaria, a través de un recorte del complemento de productividad llevado a cabo por disminuir su rendimiento. Según la sentencia, en la normativa “queda claro que lo asignado en un determinado período de tiempo no significa idéntica asignación en otro”, es decir, que el plus de productividad no se consolida. Además, los jueces reconocen un “margen de discrecionalidad de la administración” para recortar ese plus si cae la productividad. En este caso, la jefe de la funcionaria dijo que no atendía el teléfono, que no obedecía las instrucciones y que trabajaba menos de lo que le correspondía.Seguir leyendo.
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