La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias ha dado una nueva vuelta de tuerca en sus medidas para gestionar la crisis del coronavirus. La evolución de la pandemia hace pensar que será necesario el aislamiento de bastantes más internos en los centros penitenciarios y para eso, como es lógico, se necesitan áreas suficientemente grandes para hacer frente a esa situación, algo incompatible con una ocupación masiva de los centros penitenciarios. Los responsables de Prisiones han decidido flexibilizar las condiciones de aquellos reclusos que están incluidos en el tercer grado y en el régimen del artículo 100.2 del reglamento penitenciario, que pueden salir unas horas de los centros para ejercer una actividad que se considera beneficiosa para su reinserción. Así, estos presos, siempre que la junta de tratamiento correspondiente así lo considere, podrán permanecer en su vivienda hasta que se les instale un dispositivo de control telemático y durante ese tiempo cada centro establecerá los controles telefónicos aleatorios que considere oportuno. En otras palabras, servirán simples llamadas telefónicas al teléfono fijo del domicilio en el que se encuentren para considerarse que esa persona está controlada y cumple los requisitos del régimen penitenciario del que se beneficia. Hay que precisar, además, que la media afecta tanto a aquellos que cumplen condena en un Centro de Inserción Social (CIS) o en las secciones abiertas de los centros penitenciarios. Entre los internos que se benefician del artículo 100.2 del reglamento penitenciario están los presos del procés, si bien no todos ellos estarán en condiciones de acogerse a las nuevas medidas. Por ejemplo, Oriol Junqueras, a quien se concedió esas salidas de unas horas para que pudiera dar clase en una universidad, no podría hacerlo, ya que están suspendidas todas las actividades docentes. Si mantienen la misma postura que hasta ahora, el resto de reclusos independentistas continuaría en prisión, aunque la junta de tratamiento les ofreciera esa posibilidad, tal como ha sucedido hasta ahora. Hay que insistir en que esta medida sólo está pensada para reducir el número de reclusos en las cárceles en un momento en el que es necesario disponer de zonas de aislamiento en los centros penitenciarios y que es provisional, de modo que todo volverá a la situación anterior cuando se supere la crisis. La instrucción de la Secretaría General de Instituciones Penitenciaris, a cuyo contenido ha tenido acceso ABC, también recoge la posibilidad que los presos en tercer grado puedan enlazar permisos penitenciarios ordinario de cuatro días con los tres que habitualmente disfrutan los fines de semana, hasta un máximo de 14 días. Eso sí, a partir de los primeros siete se relizará un control telefónico por parte de los centros en los que cumplen sus condenas. No solo eso; si un interno en esta situación hubiera agotado esos permisos ordinarios se abre la posibilidad a que se le concedan otros extraordinarios de hasta siete días, siempre que así lo considere la dirección del centro. Por su parte, los internos que continúen residiendo en el CIS o en una sección abierta podrán salir para hacer sus actividades, si bien durante su permanencia en el centro se establecerán turnos para comedor, mantenidno grupos pequeños y con la separación física necesaria. Cuando uno de estos internos presenten un cuadro clínico compatible con el coronavirus, y tras la oportuna valoración sanitaria siempre que sea posible, se podrán autorizar salidas a su domicilio para que pase allí la cuarentena de 14 días. El recluso, por su parte, está obligado a entrar en contacto con el número de atención a esta pandemia de su comunidad utónoma para la oportuna atención sanitaria.
Via: Los presos en tercer grado y los del mismo régimen que los del 1-O podrán estar en casa con control telefónico

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