Tiempos de división en el Tribunal Constitucional. El 30 de abril, la Sala Primera inadmitió el recurso de amparo presentado por un sindicato contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) que impedía la celebración de una manifestación en Vigo por el 1 de mayo. El sindicato reclamaba la adopción de medidas cautelares. La cuestión se replica en muchas comunidades autónomas ante las solicitudes de manifestación presentadas por muy distintos motivos en estos tiempos de vigencia del estado de alarma. En principio, esta circunstancia excepcional, en vigor desde el 15 de marzo, no debería afectar a derechos fundamentales como el de reunión o manifestación. De ahí la importancia de la decisión que adoptara el Constitucional,… Ver Más
Via: Malestar con González Rivas por no elevar al Pleno el debate sobre las manifestaciones

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