La Sala Penal del Tribunal Supremo ha cuestionado este miércoles la sentencia del caso Gürtel sobre la que se sustentó la moción de censura contra el expresidente del Gobierno Mariano Rajoy en 2018. Lo ha hecho en una sentencia en la que no modifica de forma sustancial las condenas de la trama de corrupción liderada por Francisco Correa y sí alude a la extralimitación de la Audiencia Nacional cuando dio por probada la existencia de una supuesta caja B en el PP, objeto de un juicio que todavía no se ha celebrado. Los magistrados consideran «excesivas» las menciones a esa caja B y recuerdan que no puede haber responsabilidad penal sin acusación o defensa. En la sentencia, notificada hoy, los magistrados confirman que Correa creó un auténtico sistema de corrupción que manipuló la contratación pública a través de su relación con influyentes miembros del PP. Por unanimidad, la resolución, de 1.843 folios, confirma la comisión en esta causa de delitos de cohecho (activo y pasivo), falsedad en documento mercantil, malversación de fondos públicos, prevaricación, asociación ilícita, fraude a la administración pública y blanqueo de capitales, delitos contra la hacienda pública, tráfico de influencias y apropiación indebidas. Sobre esas excesivas menciones a la caja B del PP, el tribunal explica que nadie acusó porque no se podía, de modo que apuntar una responsabilidad no pretendida es tanto como situarse en el lugar de la acusación y condenar sin instancia de parte, dicen los magistrados. «La contradicción en la que entra la sentencia es evidente, considerar que el Partido Popular era conocedor y responsable penal, aunque sea a efectos teóricos, supone entender que no era ajeno a los hechos penales, de modo que sería imposible aplicar la norma utilizada para imputar civilmente a dicho partido en el proceso penal y con base a una figura, art.122, que exige la ajenidad». Ahora bien, la Sala añade que «en modo alguno resulta reprochable que para configurar el contexto en que los hechos enjuiciados suceden, se mencione el resultado de los diferentes medios de prueba practicados relacionados con el Partido Popular, cuando precisamente es el nexo común que sirve de amalgama al conjunto de episodios y actuaciones recogidos en la declaración de hechos probados». El papel de José Ricardo de Prada Que la intervención del magistrado de perfil progresista José Ricardo de Prada fue crucial para justificar aquella moción de censura es obvio. No sólo porque apenas unos días después de esta sentencia Rajoy estaba fuera de La Moncloa, sino porque apenas un año después la izquierda quiso compensar a este juez con un puesto de vocal en la renovación frustrada del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en diciembre de 2019, sino porque dos meses antes la propia Sala Penal de la Audiencia Nacional decidió apartarle del tribunal que tiene que juzgar esa supuesta doble contabilidad del PP al considerar que su imparcialidad estaba «comprometida». La argumentación de De Prada sobre esa presunta caja B «no era absolutamente necesaria» y de ella «se deduce con claridad la toma de postura de este magistrado respecto de varias de las cuestiones relevantes que no eran objeto estrictamente del enjuiciamiento en ese primer procedimiento (…)», sostuvo el Pleno de la Audiencia, que con una ajustada mayoría aceptó la recusación del magistrado. En aquella sentencia, en la que 29 de los 37 acusados de la «estructura central» de la trama fueron condenados a un total de 351 años por actividades delictivas cometidas entre 1999 y 2005, se daba por acreditada la existencia de esa caja B en el PP. Se trataba, señalaban los párrafos que recayeron en De Prada, de «una estructura financiera y contable paralela a la oficial al menos desde 1989, cuyas partidas se anotaban informalmente, en ocasiones en simples hojas manuscritas como las correspondientes a Bárcenas, en las que se hacían constar ingresos y gastos del partido o en otros casos cantidades entregadas a personas miembros relevantes del partido». La trama y el PP constituyeron «un auténtico y eficaz sistema de corrupción institucional en todos los niveles administrativos», concluía la resolución. Sobre Bárcenas, la sentencia del Supremo considera que la prueba practicada (integrada, esencialmente, por la declaración de Francisco Correa debidamente corroborada por abundante prueba documental, testifical y pericial adicional) permite estimar probada la participación del extesorero en los hechos por los que ha sido condenado y niega la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva que se denuncia en el recurso. Afirma que se está en presencia de una prueba indiciaria compuesta por varios hechos-base totalmente acreditados, no desvirtuados por indicios de signo adverso, que en una global y conjunta valoración han permitido a la Sala de instancia inferir, de forma lógica y racional, que “desde al menos el año 2000, Luis Bárcenas, al margen de la actividad delictiva que en común llevó a cabo con otros acusados, desarrolló por su cuenta, y cuando lo precisaba en colaboración con su mujer, otra actividad dirigida a enriquecerse de modo ilícito intermediando en otras adjudicaciones de obras o apropiándose de fondos del PP”. Así como que, “fruto de sus ilícitas actividades, -según la sentencia- incluidas las cuotas dejadas de ingresar por diferentes tributos y ejercicios, logró acumular un importante patrimonio, que ocultó a través de un entramado financiero en entidades bancarias suizas, a través del cual invirtió en distintos valores y productos financieros, e, igualmente, afloró fondos cuyo origen no se correspondía con su declarada actividad ni con su ahorro, dotándolos de una apariencia lícita, bien mediante la simulación de distintas operaciones comerciales bien al reflejarlos en las correspondientes declaraciones tributarias como ganancias patrimoniales derivadas de operaciones de compraventa de obras de arte”. El voto particular de Hurtado La discrepancia de quien presidió ese juicio, Ángel Hurtado, con sus compañeros (el propio De Prada y Julio de Diego) acerca de las alusiones a la caja B del PP ya se hizo patente entonces, cuando Hurtado, elegido recientemente magistrado de la Sala Segunda del Supremo, redactó un voto particular en el que alertaba de la improcedencia…
Via: El Supremo rechaza, por «excesivas», las alusiones a la caja B que desencadenaron la moción a Rajoy

Categories: Spanish News

Related Posts

Spanish News

Pedro Sánchez corrige: pedirá 140.000 millones a la UE y no sólo los 70.000 de inversiones

El Gobierno había apuntado que los otros 70.000 millones en préstamos tal vez no se pedían y se servían sólo de las ayudas directas Leer Via: Pedro Sánchez corrige: pedirá 140.000 millones a la UE y Read more…

Spanish News

Estado de alarma: ¿Puedo viajar entre comunidades?

Pedro Sánchez ha pedido a los ciudadanos que limiten al máximo sus movimientos y ha aclarado que los viajes entre comunidades dependerán de las decisiones que tome cada gobierno regional Leer Via: Estado de alarma: ¿Puedo Read more…

Spanish News

Pablo Casado propone un estado de alarma de ocho semanas pero el Gobierno insiste en seis meses

El líder del PP cree que así se puede “salvar la campaña de Navidad” y exige una reforma exprés de la Ley de Salud para que las CCAA limiten la movilidad sin alarma Leer Via: Pablo Read more…