El exconsejero de Cultura Luciano Alonso no cometió falsedad documental en el nombramiento de tres altos cargos, causa por la que ya fue juzgado pero por un delito de prevaricación del que ya fue absuelto. Así lo entiende la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que repitió el juicio después de que lo ordenara el Tribunal Supremo. La Fiscalía había pedido cinco años de cárcel y otros cinco de inhabilitación para el exconsejero andaluz de Cultura con el argumento de que los tres nombramientos «no fueron reales o contenían una narración mendaz». Alonso había designado a tres directores del Centro Andaluz de Flamenco y de la Filmoteca de Andalucía a los que asignó tareas y ubicaciones diferentes a las previstas en esos puestos». De hecho, uno de ellos reconoció que no acudió nunca a su puesto de trabajo. Tras celebrado el nuevo juicio celebrado el 29 de noviembre, la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía concluye que «no hay alteración de la verdad en los documentos de nombramiento ni de cese que, por el contrario, responden a puestos discrecionales existentes y vacantes, de naturaleza eventual, cuyos datos no se falsean siendo coincidentes y ciertos la identificación, características y datos registrales». La sentencia absolutoria, que está fechada este lunes, sostiene además que «no existe una simulación consistente en la completa creación “ex novo” de un documento de nombramiento con datos inveraces y relativaos a una realidad inexistente que se pretende simular». Por último, añade que tampoco hay «una discrepancia, ni absoluta ni parcial, entre lo declarado en la documentación examinada y lo verdaderamente acontecido».
Via: Absuelto el exconsejero Luciano Alonso otra vez por cargos «fantasma»

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