El escrito de conclusiones provisionales presentado este viernes por la Abogacía del Estado ante el Tribunal Supremo concluye que los principales implicados en el procés cometieron delitos de sedición, malversación de caudales públicos y desobediencia grave, pero no de rebelión como sí concluye la Fiscalía. Por ello, la petición de pena que hacen los servicios jurídicos del Estado contra buena parte de los 18 encausados es sensiblemente inferior a la que ha planteado también este viernes el ministerio público. La clave es que la Abogacía no observa violencia ni en los hechos acaecidos el 20 y 21 de septiembre de 2017 ante la Consejería de Economía de la Generalitat ni durante la jornada del referéndum ilegal del 1 de octubre o en las dos jornadas de huelga general convocadas por los independentistas el 3 de octubre y el 8 de noviembre.Seguir leyendo.
Via: La Abogacía califica de “incidentes de orden público” los sucesos de Cataluña
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