Será un juzgado de violencia de la mujer el que instruya el caso del suicidio asistido de María José Carrasco, con ayuda de su marido Ángel Hernández. En estricto cumplimiento de la ley de violencia de género de 2004, la titular del Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid que instruía el suceso que se produjo el pasado 3 de abril se inhibe en favor de un juzgado de violencia sobre la mujer, según confirman a ABC fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Dichas fuentes señalan que hay doctrina del Tribunal Supremo al respecto, por lo que no obedece a ninguna estrategia por parte de la defensa del septuagenario, sino al cumplimiento de la ley. Dicha doctrina establece que es competente un tribunal de violencia de género «por el solo hecho de ser de un hombre contra una mujer, sin entrar a valorar la intencionalidad». Además, el artículo 44 de la ley de violencia de género recoge que los juzgados de violencia sobre la mujer conocerán «de la instrucción de los procesos para exigir responsabilidad penal por los delitos recogidos en los títulos del Código Penal relativos a homicidio (…) siempre que se hubiesen cometido contra quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada al autor por análoga relación de afectividad». Por su parte, el suicidio asistido de una mujer, como es el caso en el que se inscribiría la muerte de Carrasco, se regiría por el artículo 143 del Código Penal, en el caso de homicidio.
Via: El caso de María José Carrasco se instruirá en un juzgado de violencia sobre la mujer
Spanish News
Pedro Sánchez corrige: pedirá 140.000 millones a la UE y no sólo los 70.000 de inversiones
El Gobierno había apuntado que los otros 70.000 millones en préstamos tal vez no se pedían y se servían sólo de las ayudas directas Leer Via: Pedro Sánchez corrige: pedirá 140.000 millones a la UE y Read more…