{"id":125655,"date":"2019-12-31T01:36:47","date_gmt":"2019-12-31T00:36:47","guid":{"rendered":"https:\/\/theworldwidejournal.com\/2019\/12\/31\/retorcer-la-ley-y-el-derecho\/"},"modified":"2019-12-31T01:36:47","modified_gmt":"2019-12-31T00:36:47","slug":"retorcer-la-ley-y-el-derecho","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/theworldwidejournal.com\/?p=125655","title":{"rendered":"Retorcer la Ley y el Derecho"},"content":{"rendered":"<p>Leo con estupor y sorpresa el escrito de alegaciones presentado por la Abogac\u00eda del Estado. En s\u00edntesis, lo que dice la abogada del Estado Rosa Seoane es que hay que hacer exactamente lo que ped\u00eda ERC para dar su apoyo a la investidura de Pedro S\u00e1nchez. Hasta ahora, confieso, confiaba en lo m\u00e1s \u00edntimo en que la Abogac\u00eda del Estado no fuera a plegarse a las exigencias tanto de ERC, para apoyar la investidura, como del PSOE, para lograrla. Pero lo ha hecho: se dice, sin rubor, que Junqueras goza de inmunidad al menos hasta que se pronuncie la Junta Electoral Central sobre la inelegibilidad del candidato Junqueras y que en reconocimiento de dicha inmunidad se le ha de permitir libertad de movimientos para acudir a las sesiones del Parlamento de la UE. Mi sorpresa deriva del descubrimiento de c\u00f3mo se puede llegar a retorcer la Ley y el Derecho para convertir un escrito jur\u00eddico en una respuesta pol\u00edtica cuya \u00faltima finalidad es la de contentar a los pr\u00f3ximos socios del Gobierno que se formar\u00e1 tras la inminente sesi\u00f3n de investidura. ERC, el partido cuyo l\u00edder est\u00e1 en prisi\u00f3n por desafiar a las instituciones democr\u00e1ticas espa\u00f1olas y que hoy el PSOE utiliza para beneficiarles. El extenso escrito que firma Seoane contiene m\u00faltiples citas de art\u00edculos, sentencias del TJUE y normas de los Tratados de la UE y LOREG, algo que no parece sino un intento de armar una base jur\u00eddica para justificar un pronunciamiento pol\u00edtico. La consecuencia es que se aprecia m\u00e1s voluntarismo por parte de los autores en dar contento a quien hay que contentar que en sustentar el resultado jur\u00eddicamente. En el propio escrito se mencionan los preceptos que luego se obvian y que son los que de verdad dan la respuesta que tendr\u00eda que haberse dado. As\u00ed, se menciona el art\u00edculo 9 del Protocolo n\u00ba7 sobre Privilegios e Inmunidades de la UE, pero se ocultan dos datos esenciales: en primer lugar, que dicha inmunidad se refiere \u00fanica y exclusivamente a los actos cometidos y manifestaciones vertidas en el ejercicio de la labor de eurodiputado; en segundo lugar, que dicha inmunidad en ning\u00fan caso puede aplicarse retroactivamente. El escrito no menciona ninguna de estas circunstancias, ni que el se\u00f1or Junqueras ha sido condenado por hechos ajenos a la labor de eurodiputado, ni de que se trata de acciones muy anteriores a su elecci\u00f3n. En el escrito se destaca que el Sr. Junqueras ha de ser tratado como eurodiputado en tanto la JEC no se pronuncie sobre la retirada de su acta. Pero no se menciona que dicho pronunciamiento est\u00e1 pendiente para el pr\u00f3ximo 3 de enero. En lugar de concluir que lo suyo ser\u00eda esperar a que dicho pronunciamiento recaiga, pide directamente la puesta en libertad del condenado por sentencia firme. Tampoco se menciona que tanto la STJUE como las normas comunitarias remiten a la legislaci\u00f3n interna en cuanto a las consecuencias del reconocimiento de la inmunidad y la condena en firme de prisi\u00f3n e inhabilitaci\u00f3n reca\u00eddas. Y dichas normas prev\u00e9n que tanto la condena de prisi\u00f3n como la inhabilitaci\u00f3n suponen la p\u00e9rdida inmediata de la condici\u00f3n de eurodiputado. Se obvia, como s\u00ed afirma la Fiscal\u00eda, que la STJUE se refer\u00eda a una situaci\u00f3n de prisi\u00f3n provisional que ya no existe, porque la condena ya es firme. Es decir, seg\u00fan la Abogac\u00eda del Estado, el Sr. Junqueras es eurodiputado, tiene inmunidad y no hace falta fijarse en m\u00e1s cosas ni decir m\u00e1s. Diecis\u00e9is folios con m\u00e1s omisiones de informaci\u00f3n que constataciones para al final ir a dar con un fundamento tan alejado de lo que dicen las normas. Pero si todo esto causa estupor y sorpresa, lo que m\u00e1s verg\u00fcenza me causa, como abogado del Estado que soy, y que seguir\u00e9 siendo hasta el fin de mis d\u00edas, es el espect\u00e1culo bochornoso de que se someta a la aprobaci\u00f3n de un partido pol\u00edtico el sentido de las alegaciones que han de presentarse ante el TS para conseguir su aprobaci\u00f3n para una investidura; que ERC, antes de la presentaci\u00f3n de las alegaciones, confiese que se siente satisfecho con el sentido de las mismas y que en consecuencia, dar\u00e1 su apoyo a S\u00e1nchez, reconociendo que ha tenido acceso al escrito. Varios delitos y\/o infracciones administrativas se pueden haber cometido y cada cual deber\u00e1 responder de sus acciones. Existen en la administraci\u00f3n p\u00fablica tanto el deber de sigilo como el deber de custodia de los documentos con los que se trabaja. El incumplimiento de estos deberes puede ser constitutivo de un deber de revelaci\u00f3n de secretos y de infidelidad en la custodia de documentos. Y los delitos han de ser perseguidos y castigados, como bien sabe el Sr. Oriol Junqueras.<br \/>\nVia: <a href=\"https:\/\/www.abc.es\/espana\/abci-retorcer-ley-y-derecho-201912310136_noticia.html\" target=\"_blank\">Retorcer la Ley y el Derecho<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Leo con estupor y sorpresa el escrito de alegaciones presentado por la Abogac\u00eda del Estado. En s\u00edntesis, lo que dice la abogada del Estado Rosa Seoane es que hay que hacer exactamente lo que ped\u00eda ERC para dar su apoyo a la investidura de Pedro S\u00e1nchez. 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