{"id":20154,"date":"1970-01-01T01:00:00","date_gmt":"1970-01-01T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/theworldwidejournal.com\/1970\/01\/01\/el-tsja-rechaza-la-prision-permanente-para-el-violador-del-parque\/"},"modified":"1970-01-01T01:00:00","modified_gmt":"1970-01-01T00:00:00","slug":"el-tsja-rechaza-la-prision-permanente-para-el-violador-del-parque","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/theworldwidejournal.com\/?p=20154","title":{"rendered":"El TSJA rechaza la prisi\u00f3n permanente para el violador del parque"},"content":{"rendered":"<p>El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc\u00eda (TSJA) ha confirmado la condena de 39 a\u00f1os de c\u00e1rcel impuesta a Francisco Morillo Su\u00e1rez, el hombre acusado de violar y asesinar en febrero de 2016 a una joven en el parque de Mar\u00eda Luisa de Sevilla, rechazando de este modo imponerle la pena de prisi\u00f3n permanente revisable que reclamaban la Fiscal\u00eda y la acusaci\u00f3n particular que ejerce la familia de la v\u00edctima. En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el TSJA rechaza los recursos presentados por el Ministerio P\u00fablico y por la acusaci\u00f3n particular, que ped\u00edan la imposici\u00f3n de la pena de prisi\u00f3n permanente revisable, y de la defensa, que solicit\u00f3 que se le condenara a un m\u00e1ximo de cuatro a\u00f1os de prisi\u00f3n por un delito de homicidio imprudente y a un m\u00e1ximo de seis por el delito de agresi\u00f3n sexual. La Secci\u00f3n Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla conden\u00f3 al acusado a 24 a\u00f1os de prisi\u00f3n por un delito de asesinato y a 15 a\u00f1os de c\u00e1rcel por un delito de agresi\u00f3n sexual, as\u00ed como al pago de una indemnizaci\u00f3n de 100.000 euros a los padres de la joven y de 25.000 euros a su hermana en concepto de da\u00f1o moral \u00abpor la humillaci\u00f3n sufrida y falta de respeto\u00bb. No obstante, rechaz\u00f3 imponerle la pena de prisi\u00f3n permanente revisable argumentando que no procede aplicarla porque \u00ablos principios de tipicidad y non bis in idem impiden su apreciaci\u00f3n\u00bb, se\u00f1alando que el n\u00famero 2 del art\u00edculo 140 del C\u00f3digo Penal exige para la imposici\u00f3n de esta pena \u00abque el hecho fuera subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la v\u00edctima\u00bb. La Sala de lo Civil y Penal del TSJA indica que \u00abno cabe duda que el precepto puede presentar cierta vaguedad sem\u00e1ntica, en el empleo del t\u00e9rmino subsiguiente, de entender el mismo como de &#8216;seguir inmediatamente a otro&#8217;, o por el contrario, dicho t\u00e9rmino debe atender m\u00e1s que a una connotaci\u00f3n puramente temporal, a la esencia de la acci\u00f3n, es decir, a una \u00edntima vinculaci\u00f3n en la acci\u00f3n emprendida por el sujeto\u00bb. Al hilo de ello, considera que dicho precepto \u00abdebe ser interpretado restrictivamente, no permitiendo el t\u00e9rmino &#8216;subsiguiente&#8217; una interpretaci\u00f3n muy extensiva, de tal manera que solo ser\u00eda de aplicaci\u00f3n en el caso de existir un \u00fanico proyecto criminal pluriofensivo que abarque la secuencia de un delito contra la libertad sexual y un asesinato, y siempre que el hecho t\u00edpico constitutivo del asesinato se cometa no de forma coet\u00e1nea, sino sucesiva a la consumaci\u00f3n del delito contra la libertad sexual\u00bb. Agresi\u00f3n \u00abbrutal\u00bb Seg\u00fan el TSJA, en este caso \u00abno es as\u00ed porque la conducta que causa la muerte\u00bb de la joven \u00abcomienza ya con el acto mismo de la agresi\u00f3n sexual, y consiste principalmente en la brutalidad de dicha agresi\u00f3n, sin perjuicio de que a continuaci\u00f3n se a\u00f1ada una conducta de abandono o indiferencia hacia la vida de la muchacha, lo que da soporte a la apreciaci\u00f3n (no discutida por la defensa) de un concurso real entre un delito contra la libertad sexual con dolo directo y un asesinato con dolo eventual\u00bb. De su lado, el acusado recurri\u00f3 alegando la \u00abevidente\u00bb ruptura de la cadena de custodia y la nulidad de las intervenciones practicadas a tal efecto, ya que, seg\u00fan argumenta su abogado, durante la recogida de pruebas y vestigios en el lugar de los hechos \u00abse produjo una irregularidad y descoordinaci\u00f3n por parte\u00bb de los agentes de la Polic\u00eda Cient\u00edfica. El TSJA, en esta sentencia fechada el d\u00eda 12 de diciembre y consultada por Europa Press, rechaza este extremo \u00abpor cuanto que como se dice acertadamente en la sentencia recurrida todo el debate sobre la cadena de custodia debe centrarse sobre la fiabilidad de lo analizado y no sobre la validez de la prueba\u00bb. No hay ruptura de la cadena de custodia En esta l\u00ednea, y respecto a las dos compresas y los ocho pa\u00f1uelos ensangrentados recogidos por la empleada de limpieza del parque, el TSJA recuerda que la misma se cubri\u00f3 la mano con un pa\u00f1uelo y deposit\u00f3 dichos vestigios en una bolsa limpia, que a su vez meti\u00f3 en otra bolsa de las utilizadas habitualmente para el servicio de limpieza. A su vez, otra operaria de limpieza que tambi\u00e9n declar\u00f3 en el juicio cogi\u00f3 la bolsa y arroj\u00f3 la misma en el veh\u00edculo encargado de recoger la basura, quien finalmente la deposit\u00f3 en un contenedor del parque donde fue recuperada por la Polic\u00eda Cient\u00edfica, que proces\u00f3 las pruebas \u00abconforme a los protocolos establecidos y remitiendo los vestigios y prueba recogida al departamento de ADN. Carmen, limpiadora del parque de Mar\u00eda Luisa de Sevilla &#8211; EFE Seg\u00fan el TSJA, ha quedado \u00abperfectamente demostrado qu\u00e9 es lo que pas\u00f3 con los pa\u00f1uelos desde que la empleada de la limpieza los recoge hasta que la Polic\u00eda Cient\u00edfica los recupera, proces\u00e1ndolos conforme a protocolos establecidos y remiti\u00e9ndolos al laboratorio para an\u00e1lisis de ADN\u00bb, se\u00f1alando que \u00abentre estos vestigios y los recogidos del banco donde se produce la agresi\u00f3n se hayan 22 vestigios\u00bb con ADN del acusado. \u00abLa cadena de custodia se respet\u00f3 por la Polic\u00eda Cient\u00edfica, sin que haya prueba que demuestre lo contrario\u00bb, sentencia el TSJA, que tambi\u00e9n rechaza lo alegado por el abogado del acusado en cuanto a que los hechos no ser\u00edan constitutivos de un delito de asesinato porque no hay alevos\u00eda y \u00abno se vali\u00f3 en ning\u00fan momento de la situaci\u00f3n de desvalimiento en la que supuestamente se encontraba\u00bb la joven por la ingesta previa de medicamentos. \u00abEstado de narcosis\u00bb de la v\u00edctima El TSJA concluye que la v\u00edctima \u00abse encontraba en un estado de narcosis que le imped\u00eda pedir ayuda, incluso moverse, lo que es totalmente incompatible con el hecho de que los medicamentos los hubiese ingerido la mujer despu\u00e9s de sufrir la agresi\u00f3n\u00bb, ya que \u00aben el momento de ocurrir esta, la capacidad de reacci\u00f3n\u00bb de la joven \u00abera nula a consecuencia de los efectos de los f\u00e1rmacos ingeridos, como lo demuestra la ausencia de&hellip;<br \/>\nVia: <a href=\"http:\/\/sevilla.abc.es\/sevilla\/sevi-tsja-confirma-condena-violador-parque-maria-luisa-y-rechaza-prision-permanente-revisable-201712181641_noticia.html\" target=\"_blank\">El TSJA rechaza la prisi\u00f3n permanente para el violador del parque<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc\u00eda (TSJA) ha confirmado la condena de 39 a\u00f1os de c\u00e1rcel impuesta a Francisco Morillo Su\u00e1rez, el hombre acusado de violar y asesinar en febrero de 2016 a una joven en el parque de Mar\u00eda Luisa de Sevilla, rechazando de este modo imponerle la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":20155,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[6],"tags":[],"class_list":["post-20154","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-spanish"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/theworldwidejournal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/20154","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/theworldwidejournal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/theworldwidejournal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/theworldwidejournal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/theworldwidejournal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=20154"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/theworldwidejournal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/20154\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/theworldwidejournal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/20155"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/theworldwidejournal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=20154"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/theworldwidejournal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=20154"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/theworldwidejournal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=20154"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}